TrámiteListo
Tráfico Modelo orientativo

Identificación del conductor responsable

Cuando una cámara o un agente detecta una infracción sin identificar directamente al conductor, el organismo requiere al titular del vehículo para que identifique a la persona responsable en el momento de los hechos. Este modelo sirve para responder a ese requerimiento dentro de plazo.

Última revisión de contenido: 15 de enero de 2026

¿Cuándo se utiliza?

  • Has recibido un requerimiento de identificación del conductor tras una infracción detectada por cámara o radar.
  • El vehículo estaba siendo conducido por otra persona distinta al titular en el momento de los hechos.
  • Necesitas comunicar que el vehículo estaba vendido, robado o cedido en régimen de alquiler o renting en esa fecha.

¿Quién puede presentarlo?

  • El titular registral del vehículo.
  • El arrendador o la empresa de renting, cuando el vehículo estuviera cedido a un tercero.

¿Qué documentación necesito?

  • Copia del requerimiento de identificación recibido.
  • Datos completos (nombre, DNI/NIE y domicilio) de la persona que conducía el vehículo.
  • Contrato de compraventa, denuncia por robo o contrato de alquiler/renting, si el vehículo no estaba en tu poder.

¿Dónde se presenta?

El escrito se dirige al mismo organismo que envió el requerimiento: la Jefatura de Tráfico o el Ayuntamiento correspondiente, a través de su sede electrónica o registro presencial.

¿Qué plazo existe?

El plazo habitual para identificar al conductor es de veinte días naturales desde la notificación del requerimiento. Comprueba la fecha exacta indicada en tu notificación.

¿Cómo se rellena?

  1. 1

    Localiza el número de expediente en el requerimiento recibido.

  2. 2

    Reúne los datos completos de la persona conductora en el momento de los hechos.

  3. 3

    Rellena este formulario con tus datos como titular y los datos de quien conducía.

  4. 4

    Descarga el documento y adjunta, si procede, la documentación acreditativa (contrato de venta, denuncia por robo, etc.).

  5. 5

    Presenta el escrito dentro del plazo indicado.

Antes de continuar

  • No identificar al conductor dentro de plazo, o hacerlo de forma incompleta, puede dar lugar a una sanción propia por incumplir el deber de identificación, distinta de la infracción de tráfico original.
  • Este modelo es orientativo y no sustituye la revisión de un profesional en casos complejos (por ejemplo, vehículos de flotas o rent-a-car).

Rellena tus datos

Tus datos se procesan directamente en este dispositivo y no se envían a nuestros servidores. Puedes guardar temporalmente lo que escribas en este navegador y borrarlo cuando quieras.

Tus datos

Opcional. Solo se usará en el documento, no se envía a ningún servidor.

Opcional.

Datos del procedimiento

Escribe el nombre completo del organismo tal y como aparece en la notificación recibida.

Aparece en la notificación o carta recibida. Déjalo en blanco si no lo tienes.

Motivo

Puedes indicar aquí si adjuntas contrato de venta, denuncia por robo o contrato de alquiler.

Solicitud

¿Qué ocurre después?

Si identificas correctamente al conductor dentro de plazo, el expediente sancionador continuará contra esa persona. Si no respondes o la identificación es incorrecta o incompleta, el titular puede ser sancionado por no identificar al conductor, una infracción independiente y normalmente más grave que la original.

Preguntas frecuentes

¿Y si no sé quién conducía?
Debes hacer las gestiones razonables para averiguarlo (por ejemplo, dentro de una empresa o familia). Si tras esas gestiones sigue sin poder determinarse, exponlo así en el escrito, aunque el organismo podrá valorar si procede sanción por incumplimiento del deber de identificar.
¿Puedo identificarme a mí mismo si era yo quien conducía?
Sí: si el titular era también el conductor, basta con indicarlo en el escrito, aunque en muchos casos el propio organismo ya ofrece esa opción de forma simplificada en su sede electrónica.

Fuentes y referencias

Verifica siempre la vigencia de la normativa y el procedimiento exacto en la sede electrónica del organismo destinatario.

Aviso: este modelo es orientativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. TrámiteListo no sustituye la revisión de un profesional en casos complejos. Comprueba siempre los requisitos, plazos y el organismo competente en la fuente oficial correspondiente antes de presentar el escrito.