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Dependencia Modelo orientativo

Solicitud de revisión del grado de dependencia por empeoramiento

Este modelo sirve para solicitar al organismo autonómico competente una nueva valoración del grado de dependencia cuando, desde la última resolución, la situación de salud o autonomía de la persona ha empeorado y consideras que le correspondería un grado superior al ya reconocido.

Última revisión de contenido: 15 de enero de 2026

¿Cuándo se utiliza?

  • Ya tienes un grado de dependencia reconocido, pero tu situación (o la de la persona a tu cargo) ha empeorado desde entonces.
  • Quieres que se realice una nueva valoración para actualizar el grado reconocido y las prestaciones asociadas.

¿Quién puede presentarlo?

  • La persona con dependencia reconocida, o su representante legal si no puede actuar por sí misma.

¿Qué documentación necesito?

  • Copia de la resolución vigente que reconoce el grado actual.
  • Informes médicos recientes que acrediten el empeoramiento.
  • Informe social actualizado, si dispones de él.

¿Dónde se presenta?

La solicitud se dirige al organismo autonómico competente en materia de dependencia (consejería o departamento de servicios sociales de tu comunidad autónoma), el mismo que emitió la resolución vigente.

¿Qué plazo existe?

No existe un plazo legal para solicitar la revisión por empeoramiento: puede pedirse en cualquier momento en que se produzca un cambio relevante en la situación de la persona, aportando la documentación médica que lo acredite.

¿Cómo se rellena?

  1. 1

    Reúne informes médicos recientes que describan el empeoramiento respecto a la situación valorada anteriormente.

  2. 2

    Rellena este formulario indicando el grado actual reconocido y en qué ha empeorado la situación.

  3. 3

    Presenta la solicitud ante el organismo autonómico competente, de forma electrónica o presencial según indique tu comunidad autónoma.

  4. 4

    Espera a que se programe una nueva visita de valoración, similar a la inicial.

Antes de continuar

  • Aporta siempre informes médicos actualizados y lo más específicos posible sobre las limitaciones concretas, no solo el diagnóstico general.
  • El procedimiento y los plazos de tramitación pueden variar según la comunidad autónoma.

Rellena tus datos

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Tus datos

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Opcional.

Datos del procedimiento

Escribe el nombre completo del organismo tal y como aparece en la notificación recibida.

Aparece en la notificación o carta recibida. Déjalo en blanco si no lo tienes.

Motivo

Sé específico sobre qué actividades de la vida diaria se han visto más afectadas desde la última resolución.

Solicitud

¿Qué ocurre después?

El organismo autonómico programará una nueva valoración y dictará una resolución actualizando (o no) el grado de dependencia reconocido, junto con el programa individual de atención correspondiente. Si no estás de acuerdo con la nueva resolución, puedes recurrirla siguiendo el procedimiento habitual.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la revisión en cualquier momento?
Sí, no hay un plazo legal fijo: puedes solicitarla cuando se produzca un cambio relevante en la situación de salud o autonomía de la persona, aportando la documentación médica que lo acredite.
¿La revisión puede bajar el grado ya reconocido?
En teoría una nueva valoración podría reflejar cualquier cambio en la situación, incluida una mejoría, aunque lo habitual es solicitarla precisamente cuando la situación ha empeorado y no al revés.
¿Qué diferencia hay con el recurso contra la resolución de grado?
El recurso se usa cuando no estás de acuerdo con una resolución ya dictada por considerar que la valoración fue incorrecta en su momento; la revisión por empeoramiento se usa cuando la resolución era correcta entonces, pero la situación ha cambiado después.

Fuentes y referencias

Verifica siempre la vigencia de la normativa y el procedimiento exacto en la sede electrónica del organismo destinatario.

Aviso: este modelo es orientativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. TrámiteListo no sustituye la revisión de un profesional en casos complejos. Comprueba siempre los requisitos, plazos y el organismo competente en la fuente oficial correspondiente antes de presentar el escrito.